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Declaración D-104-2 para Hacienda


AndresJGM

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Declaración D-104-2

Todos los meses, bajo la nueva regla fiscal, cada persona y empresa inscrita con el Ministerio de Hacienda debe realizar la declaración jurada D-104-2 para reportar el Impuesto al Valor agregado y sus ventas. Este reporte se realiza estrictamente en Colones y tienes tiempo hasta el 15 del siguiente mes para emitirla en la aplicación del ATV de Hacienda.

Es muy importante que la empresa haya ingresado en SiReTT todas las recepciones de documentos electrónicos (Facturas, Notas de Crédito y Notas de Débito) emitidas por sus proveedores durante el mes, por lo que si hay documentos pendientes de recibir o hubieron rechazos en los mismos, debemos exigirlos, ya que tenemos hasta el 8 del siguiente mes para hacer su recepción electrónica.

También hay que asegurarse de registrar las Facturas Electrónicas de Compra de régimen simplificado y que estas hayan sido aceptadas por Hacienda.

Si usted es importador, debe también registrar las Compras a sus proveedores en el extranjero, y asegurarse que estén indicadas como Importación en su tipo y colocarlas en la fecha correcta.

Por último, cualquier otra Factura de proveedor nacional que, por razones especiales, no podamos hacerle recepción. Estos casos serían técnicamente Facturas a nombre de otras personas o empresas que usted pague, como los servicios públicos de su Alquiler. Según comprendo, para poder presentar estos gastos, Hacienda solicita que en el contrato de alquiler indique que es el inquilino el encargado del pago de los recibos.

Toda esta información va a generar los datos del reporte en SiReTT, y facilitar el trabajo para la persona que presenta la declaración. Siempre hay aspectos que pueden complicar un poco el llenado del formulario del ATV para una persona sin conocimientos contables, como algunos términos, o cuando hay que realizar un Prorrateo sobre los impuestos.

Reporte en SiReTT

El informe para ayudarnos a llenar el formulario de Hacienda lo podemos encontrar en Conta - Informes - Declaración D-104-2 Mensual. 

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  • En Sociedad, vamos a seleccionar la Sociedad junto con el código de actividad comercial a consultar.
  • La opción de Recepciones nos muestra dos valores: Dato Actual y Recalcular. Si este reporte es de Julio de 2019 o más antiguo, vamos a utilizar "Recalcular" y solamente una vez. A partir de Agosto de 2019 ya el sistema hace esta tarea automáticamente. ¿Qué hace esto? Bueno, como la declaración D104-2 no la conocí hasta finales de Julio, no sabía que también había que separar las tarifas de impuestos en Mercaderías y Servicios, así como Exentos y Exonerados por cada recepción, entonces Recalcular revisa todos los archivos de recepción y extrae estos datos.
  • Mes y Año es para establecer el mes a reportar.

A considerar para datos de Julio del 2019 y meses anteriores

Como lo indiqué anteriormente, recomiendo utilizar "Recalcular" en la opción de Recepciones, para extraer datos adicionales por cada archivo electrónico de sus proveedores.

Respecto a las Facturas de Proveedores por Importación o por documentos sin archivo electrónico, recomiendo ir primero a editar cada factura con el botón del lápiz que aparece en la parte superior de cada Compra.

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Y en el formulario nos vamos a segurar que tanto la Fecha, como la Sociedad - Actividad comercial estén correctas y vamos a dar clic en Editar.

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Con esto, vamos a integrar estas compras, que antes no llevaban la información de Actividad Comercial, al reporte correcto.

Datos del Reporte D-104-2 en SiReTT

El informe está seccionado, y totalizado. A los contadores les gusta pedir el detalle de cada Factura de Venta y Compra para ponerlo en un Excel y sumar todo, pero el sistema puede devolver los totales ya clasificados y sumados. Si aún así el contador insiste, entonces impriman los reportes de Conta - Informes - Facturas por Periodo, Notas de Crédito por Periodo, Notas de Débito por Periodo y Compras por Periodo.

La primera Sección 1, separada en A, B, C y D se refieren a las VENTAS que hicimos en SiReTT, junto con sus respectivas Notas de Crédito y Débito, y se separan, línea por línea de artículo dentro de estos documentos, si fueron Gravadas, Exentas, Exoneradas o Exportaciones.

De estas secciones lo que nos interesa son sus Resúmenes, y principalmente el Sub-Total por cada Tarifa de Impuesto. Estos valores ya contemplan la Suma de las Facturas, menos los Créditos, más los Débitos.

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Tal y como el reporte los presenta, es como se ingresan en el formulario de hacienda, por cada Tarifa de Impuesto, si son Bienes (Mercaderías) o Servicios, y si son Gravados, Exentos, Exonerados o Exportaciones.

La siguiente Sección 2, separada en A, B y C se refieren a las Compras, así como sus documentos asociados de Crédito y Débito de su proveedor. Solamente se toman en cuenta RECEPCIONES ASOCIADAS en la correcta actividad comercial.

Igual al caso anterior, nos muestra los totales separados por Tarifa de Impuesto, y separado en Gravadas, Exentas y Exoneradas, estas últimas no deberían de tener valor alguno a menos que tengamos realmente un permiso especial de Exoneración. Aquí, no aparecen Importaciones, ya que obviamente proveedores extranjeros no nos emiten documento XML para recepcionar. Es por esto que existe la sección 3.b y se basan en las compras que ustedes registren en el sistema clasificadas como importación.

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La última Seccion 3, separa en A, B y C, nos muestra primero las Facturas de Proveedor de Régimen Simplificado que ustedes hayan registrado y aceptado, segundo las Importaciones registradas y tercero, como lo indiqué al inicio, las Compras Nacionales que no están asociadas a recepción ni a simplificado, para tener el dato de los pendientes por vincular con la actividad comercial o vincular.

Formulario de Hacienda

Cuando la empresa tenga múltiples tarifas del I.V.A en sus ventas, o cuando la complejidad por el tamaño del negocio requiera de un contador, siempre voy a recomendar que este formulario sea llenado por una persona con conocimientos.

Pero para empresas con una Tarifa plana del 13% en su I.V.A y pocas actividades económicas, este proceso se puede realizar por el mismo empresario.

Es necesario contar con los datos de acceso al ATV de Hacienda, su usuario, clave y la tabla de códigos. El ATV se encuentra en la siguiente dirección: https://www.hacienda.go.cr/ATV/Login.aspx

Vamos a ingresar al menú de Declaraciones, y allí en Presentar declaración de Impuestos.

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En el siguiente paso, vamos a seleccionar la declaración 104-2, el periodo y el mes a presentar. Luego damos clic en Llenar Formulario.

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Ahora, debemos tener claro que se realiza una declaración POR CADA ACTIVIDAD COMERCIAL que ustedes manejan. Recuerden que en SiReTT yo les indiqué que cada Caja de facturación debe tener su actividad comercial, o la actividad comercial de mayor influencia en sus ventas para el negocio. Si usted tiene algunas actividades separadas en cajas, podrá generar estos datos en SiReTT, pero si alguna Caja controla otras actividades económicas, entonces reporte esa actividad y las otras que no generan datos debemos declararlas con valores de CERO.

El formulario trae una primera sección para Ventas.

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Si tuvimos ventas sujetas (con impuestos) vamos a darle clic a SI, esto extenderá el formulario para llenar los valores. Por ejemplo, en el caso más sencillo, supongamos que vendimos con I.V.A.

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Marcamos que si hay ventas sujetas, y vamos a poner NO en cada una de las tarifas de Impuestos que NO manejamos durante el mes. La del 1% y la del 8% por defecto vienen apagadas, pues no existen al día de hoy.

Vamos a marcar en SI en la de Bienes y Servicios afectados al 13%. Esto va a extender la opción con un formulario un poco extraño.

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Aquí ya podemos ingresar valores. En Bienes vamos a poner el SubTotal Gravado, al 13% del reporte de SiReTT de Mercaderías. Bienes de Capital vamos a dejarlo en CERO a menos que el cliente trabaje alguna venta en este concepto. En Servicios vamos a poner el SubTotal Gravado, al 13% del reporte de SiReTT de Servicios. Vean que estamos ingresando SubTotales ya redondeados, no valores de impuestos.

Ahora vamos a la siguiente parte de Ventas Exentas, y en el caso de que tengamos ventas exentas (como la venta de canasta básica que aún no genera I.V.A hasta el otro año), Exportaciones o Exoneraciones, vamos a poner que SI.

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En Exportación de Bienes vamos a poner el monto que indica SiReTT en Exportación de Mercaderías, y en Exportación de Servicios el monto de Exportación de Servicios.

En Venta Local de Bienes vamos a poner el monto que SiReTT indica en Ventas Exentas por Mercaderías (aquí no va si las ventas son de canasta básica, y más bien van más adelante, por lo que recomiendo continuar leyendo), y en Servicios prestados a nivel local el monto de Ventas Exentas de Servicios (este al día de hoy no debería existir algo exento, a menos que sea un alquiler que cobramos exento, y no va en esta sección, sino en la que explico a continuación).

En Arrendamientos destinados a viviendas y accesorios, así como los lugares de culto religioso, vamos a poner el monto que cobramos de alquiler a nuestros inquilinos, cuando este es exento de impuestos (menos a 1.5 salario base). Este el SiReTT no lo muestra separado, pero si acomodamos bien las actividades comerciales, debería ser el monto exacto de Servicios Exentos.

Me confunden dos secciones, primero la Venta de bienes y servicios a instituciones públicas y privadas exentas, y la última de Ventas autorizadas sin impuesto, ya que ambas parecen lo mismo realmente. Donde deberían ir las exoneraciones me parece que es la sección final, donde le damos que SI en el caso de que en el mes hayamos exonerado algún cliente.

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De aquí deberíamos llenar los montos de exoneraciones correspondientes según el tipo de exoneración (más adelante SiReTT tendrá esto integrado) así como también el monto total por ventas de canasta básica.

Ahora vamos a proceder con las Compras.

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Si tuvimos compras con I.V.A acreditable a la actividad comercial, vamos a dar clic en Si en Compras con IVA soportado acreditable. Esto va a extender la herramienta para su llenado.

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Aquí vamos a llenar de acuerdo a la Tarifa IVA (Columnas) y sus respectivos conceptos de Bienes o Servicios, según la información proporcionada por SiReTT en la sección 2.a para Gravados. Lo ideal es que la sección 3.c de SiReTT, de las compras nacionales sin recepciones, no tenga valores, pero de tenerlos debemos tratar de sumarlos a estos montos si conocemos la tarifa de impuesto que pagaron.

La sección segunda de Importación de Bienes y adquisición de servicios del exterior, para Compras con I.V.A debería llenarse si ustedes importaron servicios que pagaron impuestos al entrar al país, pero debemos saber sobre cual tarifa pagaron impuesto. Por ejemplo la importación de un Televisor de 500.000 colones pagaría impuestos de 49%, de los cuales solo puedo utilizar el 13%.

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Los valores de estas importaciones de toman de la sección 3.b de SiReTT pero hay que tener cierto conocimiento. Al día de hoy por ejemplo, servicios recibidos del extranjero no han aplicado al I.V.A, pero está en proceso (Netflix, Spotify y lo que logren acomodar allí a futuro). La importación de mercaderías solamente hay que entender el impuesto que pagaron al entrar al país, y sobre cual tarifa I.V.A lo puedo aplicar.

Por último viene la sección de Compra de Bienes y Servicios Exentos

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Bienes y Servicios Exentos deberían estar en la sección 2.b de SiReTT, son proveedores que nos emitieron documentos electrónicos que indica que traen montos Exentos.

Bienes y Servicios no sujetos se refiere a compras locales e importaciones del Régimen Simplificado y deberíamos poderlo ver en la sección 3.a de SiReTT.

Bienes y Servicios no relacionados directamente con la actividad es un trabajo ya contable, donde indicaríamos totales de nuestras compras que no aplican. Autorizaciones sin impuesto es cuando nos exoneraron de impuestos.

Una vez llenada la información, vamos a dar clic en el botón Validar y Guardar. Esto generará un "Visto Bueno", es para simplemente revisar lo que llenamos y ver que esté todo bien y no hayan pendientes.

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Vamos a repetir el proceso para CADA ACTIVIDAD COMERCIAL, incluyendo las que no vayan a reportar nada, con CEROS.

Luego, al terminar de ingresar todas las actividades comerciales, vamos a ir a Ir al Consolidado, para ver ya un reporte y formulario a mayor escala donde, una empresa con actividades económicas complejas, indicaría otros datos y actividades. Por cada sección que respondamos, vamos a ir dando clic en su respectivo VALIDAR.

Primero, vamos a indicar estos espacios con un NO, pues no tengo clientes que tengan actividades con Casinos o Juegos de Azar. VALIDAR.

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La siguiente sección es para empresas que trabajan con venta de bienes de segunda y deberíamos incluir la suma de todas las actividades económicas que trabajen en esta modalidad.

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Bienes adquiridos a quien no fuera contribuyente o que no tuvo derecho a crédito, de acuerdo a la Tarifa de I.V.A utilizada, si vendimos cosas que compramos a un precio y usamos la Tarifa I.V.A 07 para calcular el impuesto solo sobre la utilidad, vamos a llenar el Precio de Venta Total, y el Precio de Compra total. Esto lo usarían empresas que por ejemplo compran vehículos de segunda y los venden con ganancia y hay que llevar un seguimiento contable al respecto.

La sección de Modalidad especial es para quienes venden cosas de segunda que aplicaron a la Tarifa I.V.A con código 08 (Factor I.V.A) que aplican a las categorías indicadas. Estas podríamos verlas en la sección 3.a de SiReTT en sus respectivas tarifas 5.8%, 5.0%, 4.4% y 6.5% respectivamente.

Damos clic en VALIDAR.

La siguiente sección no aplica para nuestros negocios, solamente damos clic en VALIDAR (Foto a continuación).

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En esta sección es donde vamos a utilizar el I.V.A generado para crédito, de todas las actividades comerciales. Este espacio no se llena con Subtotales, se llena con I.V.A, el impuesto propiamente.

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Verificamos los valores de Impuesto que nos vamos a acreditar, en cada modalidad y tarifa.

La siguiente sección (imagen inferior) es para indicar si esta va a ser la última declaración a realizar, previa a cerrar el negocio. Indicamos NO y damos clic en VALIDAR.

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La siguiente sección es el resumen de lo reportado, en donde se nos permite ingresar un único valor, la Devolución del IVA por servicios de salud privada pagados con tarjeta de crédito y/o débito. Ninguno de mis clientes aplica a este concepto por lo que dejamos un CERO.

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Damos clic en VALIDAR y vamos a la última sección.

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Aquí vamos a indicar las Retenciones pagos a cuenta del impuesto. Recuerden que este valor de retención se aplica a pagos en Tarjeta y a otros trámites a algunas entidades públicas, y es el banco el que nos puede indicar este monto, o podemos crear un Gasto en SiReTT bajo esta clasificación para controlarlo.

También debemos indicar el Saldo a favor de periodos anteriores cuando más bien hacienda nos debe I.V.A porque nuestras compras superaron las ventas, ya que recordemos que este valor si bien hacienda nos lo calcula al final, no lleva el dato para "auto llenar" la siguiente presentación. Aquí también se puede utilizar Solicito compensar con crédito a mi favor por el monto de, pero ignoro aún su concepto y este valor prefiero dejarlo en CERO.

Completado y revisado todo, vamos a dar clic en el último Validar y luego en Presentar 

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