AndresJGM Publicado 27 de Noviembre del 2018 Share Publicado 27 de Noviembre del 2018 Declaración Jurada Es importante que al empezar a transmitir facturas electrónicas, ustedes actualicen su Declaración Jurada con el Ministerio de Hacienda para indicar que ya están laborando de esta forma. Este proceso se realiza en el ATV en la opción que se muestra en la imagen. Aquí en la parte inferior vamos a elegir Declaración de Modificación de Datos en el Registro Único Tributario y esperamos que cargue y damos clic en el botón "Llenar Formulario". Vamos a ir a la sección XII donde habla sobre el método de facturación. En la primer sección vamos a seleccionar Emisor-Receptor Electrónico, pues ustedes tienen la capacidad de utilizar ambos métodos. En Requisitos vamos a marcar las 3 opciones de Posee conexión a Internet, Cuenta con firma electrónica y El sistema emite los respectivos archivos XML. En Tipo de Sistema vamos a elegir Sistema de un Proveedor. Para finalizar vamos a dar clic en el botón Validar que está en la parte inferior o superior del formulario. Luego de que Validar termine de procesar, este cambia al texto Presentar, allí volvemos a dar clic para ya confirmar la información con Hacienda. Y listo, con esto ya estamos indicando a Hacienda que estamos trabajando con Factura Electrónica. Es una incongruencia que igual se pueda hacer factura electrónica en modo producción sin esta configuración establecida, pero solo el Ministerio conoce su logística. Al final se debe imprimir el documento y pegarlo en un lugar visible en el negocio. Sugerencia Adicional La misma declaración Jurada tiene una sección para crear las Sucursales de su empresa, y en mi opinión es importante también llenar esta información con los mismos datos que indicaron en SiReTT, para evitar advertencias o problemas futuros. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
JugadorFa1 Publicado 15 de Marzo del 2019 Share Publicado 15 de Marzo del 2019 ¡Excelente, muchas gracias por la información! Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Publicaciones recomendadas
Join the conversation
Puede publicar ahora y registrarse más tarde. Si tiene una cuenta, iniciar sesión para publicar con su cuenta.